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Chota en la Legislación Nacional

By 22 de septiembre de 2012Fundación de Chota6 min read

DESDE LOS ALBORES DE LA REPÚBLICA

Conocer nuestra historia es esencial para afirmar nuestra identidad. Y un aspecto de aquella historia está relacionado con la presencia de nuestro pueblo en la legislación nacional. Es decir, cuándo, cómo y porqué, e incluso, cuánto se ha legislado sobre Chota. Está información básica nos permitirá saber el interés y la iniciativa de nuestros representantes en los diferentes órganos legislativos que se han sucedido en nuestra patria. Así como la trascendencia de los hechos y situaciones legislados.

Por las características de este espacio, no cabe sino hacer sólo un listado de las principales normas legales (leyes, resoluciones legislativas y decretos leyes) referidas a nuestro pueblo, que se han promulgado desde los albores de la República.

Es oportuno precisar que hasta 1904 las leyes se conocen por la fecha de dación y a partir de ese año se las identifica generalmente por su numeración correlativa.

> Ley del 16 de abril de 1828. Esta es la más lejana referencia legislativa que se tiene sobre Chota. Guarda especial importancia por los motivos y consideraciones por los cuales se emite esta ley, indicando que “el pueblo de Chota ha prestado servicios a la causa de la independencia…”, decretándose a continuación que “el pueblo de Chota del departamento de La Libertad, se titulará Villa del mismo nombre”, y fue suscrita por don José de la Mar.

> Ley del 20 de abril de 1833, aprueba la división de los curatos de Chiclayo y Chota.

> Ley del 03 de marzo de 1834, establece a Hualgayoc como capital de la provincia de Chota.

> Decreto del 05 de noviembre de 1852, desaprueba la conducta del subprefecto de Chota por haber puesto en la cárcel al encargado de la estafeta.

> Ley del 02 de noviembre de 1853, establece un distrito judicial de primera instancia en Chota y Jaén.

> Decreto del 19 de mayo de 1859, asigna fondos para la conclusión del cabildo (municipio), cárcel y escuelas de Chota.

> Ley del 10 de enero de 1861, restituye a la ciudad de Chota como capital de la provincia del mismo nombre.

> Ley del 15 de mayo de 1861, crea el Colegio Nacional San Juan.

> Ley del 04 de noviembre de 1889, eleva a la categoría de distrito al pueblo de Conchán.

> Resolución Legislativa del 22 de octubre de 1892, que considera en el Presupuesto General de la República una suma para la reconstrucción del templo de la ciudad de Chota.

> Ley del 17 de octubre 1893, eleva a Tacabamba a la categoría de ciudad.

> Ley del 10 de noviembre de 1893, establece impuesto sobre la harina a favor de la Sociedad de Beneficencia de Chota.

> Ley del 31 de octubre de 1896, eleva a Chiguirip a la categoría de distrito.

> Ley del 16 de noviembre de 1903, establece una comisaría rural en la provincia de Chota.

> Ley 89 (13 Oct. 1905), creando la Agencia Fiscal de Chota.

> Resolución Legislativa 1827 (07 Oct. 1913), exonera de derechos a un reloj destinado a servicio público (¡!)

> Resolución Legislativa 1906 (03 Dic. 1913), sobre la reconstrucción de la plaza de abastos de la ciudad de Chota.

> Ley 2819 (07 Nov. 1918), asigna partida para la construcción de la Casa Municipal de Chota.

> Ley 2902 (25 Nov. 1918), se otorga subvención a la Municipalidad de Chota para el inicio de las obras de canalización y mejoramiento del agua potable.

> Ley Regional 121 (20 Mar. 1920), eleva a Yamaluc a la categoría de distrito de la provincia de Chota.

> Ley Regional 201 (13 Ago. 1920), deroga la ley anterior, en consecuencia Yamaluc continúa como caserío anexo a Huambos.

> Ley 5842 (08 Jun. 1927, crea un juzgado del crimen en la provincia de Chota.

> Ley 6277 (25 Oct. 1928), consigna una partida para la construcción de un hospital en Chota.

> Ley 6330 (02 Nov. 1928), consigna partida para la instalación de agua potable y desagüe en Chota.

> Decreto Ley 7444 (23 Nov. 1931), dispone el corte de juicios iniciados por los sucesos de Chota y Cutervo de 1924 (insurrección de Osores, Benel y Alcázar) y Ley 7534 (02 Jun. 1932), dispone igualmente el corte de procesos seguidos contra civiles que participaron en los movimiento revolucionarios de Chota, Cutervo y Jaén de 1924 a 1927.

> Ley 7712 (22 Feb. 1933), referente a la adquisición de un campo de aterrizaje en la ciudad de Chota.

> Ley 7856 (16 Oct. 1933), crea el distrito de Anguía.

> Ley 7914 (12 Ene. 1935), consigna partida para la construcción de locales escolares rurales en el distrito de Chota.

> Ley 8325 (12 Jun. 1936), consigna partida para la adquisición de gabinetes, laboratorios, etc. para el Colegio Nacional San Juan.

> Ley 9705 (23 Dic. 1942), establece un impuesto al alcohol y afines en la provincia de Chota, destinado a la construcción y sostenimiento del hospital de Chota.

> Ley 11692 (03 Ene. 1952), otorga crédito suplementario para habilitar una partida destinada a las obras de derivación del río Chotano al Chancay.

> Ley 13665 (30 Jun. 1961), autoriza endeudamiento hasta por la suma de 8 millones de soles oro, para la construcción de la Gran Unidad escolar San Juan (Corepuquio).

> Ley 14112 (15 Jun. 1962), crea un Colegio Nacional para Mujeres en la ciudad de Chota.

> Ley 15988 (18 Ene. 1966), autoriza la expropiación de la hacienda Churucancha, para su parcelación entre sus ocupantes.

> Ley 23848 (09 Abr. 1984), declara de necesidad nacional la exploración y explotación minera del fundo La Granja.

> Ley 23955 (30 Oct. 1984), se declara Acción de Gloria la Batalla de El Cárcamo y Héroe Nacional a Manuel José Becerra Silva.

> Ley 27908 (07 Ene. 2003), en su Primera Disposición Final y Transitoria, establece el 29 de diciembre como el “Día de las Rondas Campesinas” y se declara al caserío de Cuyumalca como Cuna y Patrimonio Histórico de las Rondas Campesinas del Perú.

El estudio, análisis e interpretación de toda la legislación dada en relación a Chota, es singularmente importante y necesario para conocer muchos aspectos de nuestra realidad histórica, los problemas y demandas sociales y económicas que se han priorizado, las iniciativas de nuestros representantes y, por supuesto, para desmitificar afirmaciones y conjeturas que circulan, muchas veces, sin sustento alguno.

: Fernando Vera Vásquez

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